martes, 31 de julio de 2012

Abierto plazo de inscripción en seminario de Iniciación Empresarial


Este seminario está organizado y coordinado por CROEM y patrocinado por CAM (Obra Social)en colaboración con las oficinas del SEF (Servicio de Empleo y Formación de la Región de Murcia).
La duración de dichos seminarios es de 15 horas y tienen los mismos objetivos y contenidos.

La participación es gratuita y en cada uno de ellos hay disponibles 25 plazas.

En Caravaca se realizará los días 24, 25 y 26 de septiembre.

Más información e Inscripciones: CROEM

Catorce de cada cien inspecciones laborales se traducen en sanción


Entre enero y junio se realizaron 4.078 actuaciones contra la economía sumergida, que detectaron más de 2.000 infracciones, un 10% más que en 2011


La Comunidad Autónoma y los agentes sociales de la Región se han propuesto 'cazar' a empresarios y trabajadores que defraudan a la Seguridad Social y, por tanto, a los ciudadanos que pagan puntualmente sus impuestos. Para ello se va a poner en marcha el I plan regional contra la economía irregular, cuyo objetivo es «la colaboración de todas las Administraciones para estrechar el cerco a los defraudadores, garantizar los derechos de los trabajadores y evitar la competencia desleal», según indicó ayer en su presentación el consejero de Empleo, Constantino Sotoca.
A través del intercambio de información y el cruce de datos entre las administraciones estatal, regional y local, se perseguirá la ausencia de afiliación y alta de trabajadores en activo, el pago de parte de la nómina en 'dinero negro' o la compatibilización ilegal de trabajo no declarado con la percepción de prestaciones o subsidios por desempleo.
El plan, diseñado por la Consejería y los agentes sociales (CC.OO., UGT, CROEM), contempla once medidas y establece protocolos de actuación. Así se firmará un acuerdo con la Federación Regional de Municipios por el que los ayuntamientos informarán a la Consejería de cualquier indicio de irregularidad. Y se suscribirá un protocolo de colaboración con las Consejerías de Hacienda e Industria para localizar actividades fraudulentas. Será la Dirección General de Trabajo la que traslade los posibles casos de fraude a la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social para su investigación.
En el primer semestre del año, se realizaron en la Región 4.078 inspecciones laborales contra la economía sumergida. De ellas, más de 2.000 detectaron irregularidades; 564 (13,83%) se tradujeron en una sanción por falta de afiliación y alta en la Seguridad Social, y otros 1.452 casos terminaron en altas de oficio o inducidas. Estos datos suponen un incremento del 10% con respecto al año pasado.
El subsecretario del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente, que participó en el acto, afirmó que el plan se complementa con las medidas del Ejecutivo central contra el fraude fiscal y el empleo irregular, aprobadas en el Consejo de Ministros del pasado viernes. Llorente destacó que el importe económico de las infracciones pasó de medio millón de euros en el primer semestre de 2011 a cinco millones en lo que va de 2012, es decir, un 858% más. Unas cifras «difíciles de precisar» en la Región, según Sotoca, que remitió a un informe del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda de 2009, que situaba la economía sumergida en el 24,3% del PIB regional.

Fuente: la verdad

INCOTERMS


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viernes, 27 de julio de 2012

Varapalo judicial a Halcón Foods por promover un ERE «en fraude de ley»


La Sala asegura que la conservera utilizó el expediente de regulación de empleo para intentar echar a los trabajadores que la habían demandado 



Varapalo judicial. No de otra forma puede calificarse la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, que sostiene que la conservera Halcón Foods, con sede en Campos del Río, utilizó «en fraude de ley», contra 66 de sus trabajadores, la figura del expediente de regulación de empleo (ERE), «pretendiendo conseguir un resultado contrario al ordenamiento jurídico o prohibido por el mismo».
El citado ERE -el primero, en apariencia, que se presentó en la Región tras la reforma legal que abarataba los despidos y que entró en vigor el pasado 12 de febrero- lo anunció Halcón Foods el 16 de abril y buscaba la extinción de los contratos de 66 trabajadores. La iniciativa se dirigía contra empleados que ya anteriormente habían demandado a la empresa, solicitando la extinción de sus contratos de trabajo por estar sufriendo retrasos en el cobro de las nóminas y, con ello, indemnizaciones de 45 días por año trabajado. Unas demandas que estaban obteniendo el respaldo de los jueces de lo Social y del propio TSJ, que a lo largo del año habían dictado al menos cinco sentencias consecutivas favorables a los trabajadores.
El ERE se presentó el 20 de abril, apenas cinco días antes de que se celebrara otro juicio impulsado por 26 empleados de la firma. La dirección de la conservera aducía «pérdidas empresariales, al haberse visto reducidas las ventas en ejercicios anteriores», y aseguraba que, en esas circunstancias, era «imprescindible readaptar la plantilla a la realidad del trabajo existente». Su planteamiento era pagar 20 días por año a cada trabajador despedido. El comité de empresa de Halcón Foods presentó entonces una demanda para tratar de abortar los planes de la compañía.
En una sentencia que acaba de ser notificada, la Sala de lo Social del TSJ resalta que el ERE presentado por Halcón Foods se trataba en realidad de «una argucia», como ya había advertido la Inspección de Trabajo en un informe sobre este asunto, con el fin de «deshacerse de todos los trabajadores que, en uso de sus derechos laborales, pretendían rescindir sus contratos».
Para llegar a esa conclusión, los magistrados destacan que la empresa había utilizado criterios subjetivos para elegir a los afectados por el ERE, «incluyendo a trabajadores con más antigüedad que otros, la mayor parte contratados antes de 1988 y, por tanto, con mayor experiencia». También resaltan el hecho de que se tratara de empleados fijos discontinuos, con lo cual, si fuera cierta la reducción de la producción que alega la empresa, bastaría «con reducir los llamamientos (para trabajar)», con lo que se mantendría la viabilidad empresarial.
Lo más llamativo, con todo, es la circunstancia, recogida en la sentencia, de que, con posterioridad a los despidos, la empresa «haya contratado a otros 76 trabajadores por obra o servicios a jornada completa, que son los que sin duda vendrían a reemplazar a los despedidos».
Por todo ello, estiman los magistrados que el ERE fue presentado «en fraude de ley, con la finalidad de evitar hacer frente a las indemnizaciones derivadas de las sentencias dictadas contra la empresa por extinción de contratos, en cuantía de 45 días por año trabajado (...), pretendiendo reducir dicha indemnización a 20 días por año». Incluyendo además a 26 empleados que todavía tenían un juicio pendiente.
Un portavoz de la compañía señaló ayer que la sentencia no es firme y que será recurrida ante el Supremo. Además explicó que Halcón está «en plena campaña del melocotón, con 200 empleados en activo»

Fuente: la verdad

El 98% de los economistas no creen que la Región pueda cumplir con el déficit


Solo el 2% de los encuestados por el barómetro confían en que la Región pueda cumplir el objetivo de déficit

Los economistas murcianos quieren ver luz al final del túnel, pero los datos juegan en su contra y no son muchas las razones para el optimismo. El barómetro que el Colegio de Economistas de la Región publica semestralmente -en esta ocasión junto al colegio de titulados mercantiles- revela en su duodécima edición, la correspondiente a junio de este año, que estos expertos aguardan una «leve mejoría» de la economía murciana en los próximos seis meses. Esa recuperación, sin embargo, es más bien un deseo del sector, que una previsión basada en datos concretos. Ya en el anterior barómetro los economistas fijaron un horizonte a medio año que, finalmente, resultó ser más benevolente que la realidad que se ha asentado entre los murcianos. «El economista tiende a valorar el futuro mejor que el presente. Tal vez sea fruto del cansancio», explicó ayer Francisco Javier Pardo, director del servicio de estudios del Colegio. «Existe la necesidad de encontrar cualquier atisbo de mejora», reconocía el vicedecano José Ignacio Gras.
Un 87,7% de los cerca de trescientos economistas que han participado en este barómetro coinciden al señalar que la situación económica regional es ahora peor que hace un año. Un 11,5% cree que se enfrenta a una situación prácticamente igual que hace doce meses y solo un «porcentaje residual» del 0,8% ha observado señales de recuperación en este sentido. En una escala de 0 a 10, los encuestados consideran que la Región solo alcanzaría, a día de hoy, un 2,78. Una cifra bastante alejada de la que otorgan a la economía nacional, también suspendida con un 3,18.
La percepción de la situación personal de cada uno de estos economistas también ha empeorado en los últimos doce meses. Más de la mitad de estos expertos reconocen encontrarse peor que hace un año y ese porcentaje se eleva hasta el 70% en el sector de los trabajadores públicos, los más pesimistas con la situación económica actual.
Mirando al futuro, los economistas murcianos prevén que la realidad en la Región sea algo mejor dentro de medio año. Concretamente, estos expertos le conceden un 2,88 sobre 10, frente al 2,78 que le otorgan a día de hoy. Esa «leve mejoría» será, según sus augurios, más acentuada a nivel nacional. «Esa previsión», recalcó Pardo, «denota cierto optimismo de cara a la situación de los próximos seis meses».
El decano de los economistas, Ramón Madrid, valoró algunas de las opiniones del sector respecto a aspectos de más actualidad y reveló que solo un 2,3% de los expertos en la economía murciana creen que la Región podrá cumplir con el objetivo de déficit fijado en el 1,5% del Producto Interior Bruto (PIB). Bastante más numeroso -un 40,8%- es el colectivo que prevé que el déficit regional acabará el 2012 entre el 2,5% y el 3,5%.
La mayoría de estos expertos, además, descartan que el rescate a los bancos se vaya a traducir en un aumento de la liquidez y de los créditos a las empresas o en una mejora de las condiciones de las hipotecas para los parados. Los economistas creen que el principal efecto que traerá de la mano esta medida es, al menos en el corto plazo, la compra de deuda pública por parte de los bancos. En este sentido, los colegiados recalcan que sería necesaria la toma de «medidas adicionales» para que la línea de crédito de hasta 100.000 millones de euros tenga efectos palpables en la economía real.

Fuente: la verdad

El paro disminuye en 5.400 personas en el segundo trimestre en la Región


En los últimos doce meses el volumen de desempleados ha aumentado en la Comunidad en 15.200 personas

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El paro bajó en 5.400 personas en la Región de Murcia en el segundo trimestre de 2012, lo que supone un descenso del 2,71 por ciento respecto al trimestre anterior, con lo que el número total de desempleados se situó en 195.000 personas y la tasa de paro aumentó hasta el 26,19 por ciento, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) hecha pública este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
En los últimos doce meses el volumen de desempleados aumentó en la Región en 15.200 personas, (+8,43 por ciento), mientras que el número de ocupados disminuyó en 4.800 personas, lo que supone un descenso porcentual del 0,86 por ciento en relación con el trimestre del año anterior.
De abril a junio la cifra de ocupados aumentó en 6.800 personas en relación con el trimestre anterior, lo que supone un aumento del 1,24 por ciento de forma que la cifra total de ocupados alcanza los 549.700 personas.
Por su parte, el número de activos aumenta en 1.300 personas en el segundo trimestre, un 0,18 por ciento más, con lo que la población activa quedó constituida por 744.700 personas. En los últimos doce meses el volumen de activos aumentó en 10.400 personas, lo que representa un incremento del 1,41 por ciento.
La tasa de paro masculino se situó en 26,05 por ciento en el segundo trimestre de 2012 en la Región de Murcia, casi 1,5 puntos por encima de la media nacional, que se situó en el 24,57 por ciento; mientras la tasa del paro femenino fue del 26,36 por ciento frente al 24,71 por ciento de la media nacional.
Por lo que respecta a la tasa de actividad regional alcanzó el 62,33 por ciento, 2,25 puntos por encima de la media nacional, que se situó en el 60,08 por ciento.
La Región tuvo en el segundo trimestre de 2012 la octava tasa de paro más alta del país con un 26,19 por ciento, encabezando el ranking Ceuta (39,47 por ciento), Andalucía (33,92 por ciento), Extremadura (33,38 por ciento), Canarias (33,14 por ciento), Melilla (30,27 por ciento), Castilla-La Mancha (28,72 por ciento) y Comunidad Valenciana (27,10 por ciento).
Datos nacionales
En el conjunto nacional, el paro subió en 53.500 personas en el segundo trimestre del año respecto al trimestre anterior, un 0,95% más, situándose el número total de desempleados en 5.693.100 personas, cifra inédita hasta ahora para la economía española.
La tasa de paro escaló al cierre de junio hasta el 24,63%, porcentaje casi dos décimas superior al del trimestre anterior (24,44%), según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) hecha hoy pública por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
La tasa de paro alcanza así su nivel más alto de la serie histórica comparable, que arranca en 2001. Remontándose más atrás, utilizando series no comparables, no se alcanzaba un porcentaje de similar desde el primer trimestre de 1994, cuando la tasa de paro se situó en el 24,55% (su valor más alto desde 1976).
Durante el segundo trimestre se destruyeron 15.900 puestos de trabajo (-0,09%), con lo que el número de ocupados alcanzó la cifra de 17.417.300 personas, su nivel más bajo desde el tercer trimestre de 2003.
El comportamiento del empleo en este segundo trimestre de 2012 es sensiblemente peor al del año 2011, síntoma de la recesión en la que se encuentra la economía española. Entre abril y junio del año pasado se crearon 151.400 empleos (ahora se han destruido 15.900) y el número de parados bajó en 76.500 (ahora ha aumentado en 53.500).
El descenso de la ocupación ha afectado exclusivamente a los varones, con 30.600 empleos menos, ya que entre abril y junio se crearon 14.600 puestos de trabajo ocupados por mujeres. También el paro impactó por completo sobre los hombres, con 70.000 desempleados más, frente a un descenso de las mujeres en paro de 16.400 personas.
En comparación con el mismo periodo del año pasado, el paro se incrementó en el segundo trimestre en 859.400 desempleados, un 17,8%, mientras que los empleos destruidos alcanzan los 885.800 (-4,8%).

Fuente: la verdad

Ya hay 5.693.100 parados y la tasa alcanza el 24,63%


-El número de hogares con todos sus miembros en paro fue de 1.737.600, 9.300 más que en el trimestre anterior
-La tasa de paro alcanza así su nivel más alto de la serie histórica comparable, que arranca en 2001
-El desempleo entre los jóvenes de 16 a 19 años subió en 21.100 personas hasta 235.200

Entre abril y junio se ha alcanzado la nueva tasa de paro prevista por el Gobierno para todo el año (del 24,6%), que se fijó el pasado viernes, día 20. En el primer trimestre de este año también se superó la que era la anterior tasa de desempleo, del 24,3%, ya que se alcanzó el 24,44%. Con la subida del desempleo del segundo trimestre de este año se suman ya cuatro trimestres de alzas.
Además, según la EPA, en el segundo trimestre la ocupación disminuyó en 15.900 personas, hasta situar el número de ocupados en 17.417.300, y la tasa de actividad subió hasta el 60,08%.
El número de hogares con todos sus miembros en paro fue de 1.737.600, 9.300 más que en el trimestre anterior, mientras que aquellos en los que todos sus integrantes están ocupados disminuyó en 13.200, hasta los 8.580.500. Según la EPA, la población activa aumentó en 37.600 personas respecto al trimestre anterior hasta un total de 23.110.400 personas.
Entre los hombres, el paro aumentó en 70.000 y situó el número de desempleados en 3.093.800, con lo que la tasa de paro masculina alcanzó el 24,57%; mientras que el desempleo femenino descendió en 16.400 hasta 2.599.300, con una tasa del 24,71%. Entre los extranjeros bajó en 59.700 personas respecto al trimestre anterior, hasta situar el total de los desempleados en 1.233.400, lo que dejó su tasa de paro en el 35,76%.
Entre abril y junio, el desempleo entre los jóvenes de 16 a 19 años subió en 21.100 personas hasta 235.200, mientras que en la franja de 20 a 24 años hubo 14.600 parados más y un total de 722.300. Por el contrario, entre quienes tenían de 25 a 54 años descendió en 3.700, hasta los 4.239.900, en tanto que entre los mayores de 55 años se incrementó en 21.500, situando el total en 495.700.
La industria, a la cabeza del paro
Por sectores, la mayor alza fue para la industria (23.500), seguida de la agricultura (11.400), mientras que registraron descensos servicios (84.500 personas menos) y la construcción (40.500 menos). El sector que destruyó más empleo en el periodo fue la agricultura (44.000 personas), seguido de la industria (21.000), mientras que se creó en servicios (42.800) y en la construcción (6.200).
Entre los que perdieron su empleo hace más de un año, el paro subió en 107.400 (hasta los 2.492.800) y entre los que buscan su primer empleo aumentó en 36.100, con lo que hay 492.100 parados entre este colectivo. Por sexos, entre los hombres, se destruyeron 30.600 puestos de trabajo y entre las mujeres se crearon 14.600.
Frente a estos datos, la ocupación cayó entre los trabajadores por cuenta propia en 2.600 personas, hasta los 3.012.300; y entre los asalariados se destruyeron 13.900 puestos de trabajo, hasta dejar el total en 14.397.300. La caída de la ocupación fue para los asalariados con contrato temporal, donde bajó en 18.300 (hasta los 3.406.500), mientras que entre los trabajadores con contrato indefinido creció en 4.400, hasta 10.990.800.
En el segundo trimestre, se destruyeron 110.300 puestos de trabajo a tiempo completo y se incrementaron en 94.300 los contratados a tiempo parcial. La tasa de temporalidad descendió una décima y se situó en el 23,6%.
Por comunidades, Andalucía y Extremadura registraron las mayores tasas de paro, con el 33,92% y el 33,38% respectivamente; y las menores en el País Vasco (14,56%) y Navarra (16,41%).

Fuente: la verdad

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Trabajos

jueves, 26 de julio de 2012

El IVA de los contratos 'se come' el ahorro municipal en la paga extra y los sueldos


El Ayuntamiento pagará 600.000 euros más este año por el servicio de recogida de basura o la luz, y 1,8 millones más a partir de 2013

Lo comido por lo servido. El Ayuntamiento no tendrá más remedio que aplicarse esta expresión popular, a nivel presupuestario, ya que el ahorro que obtendrá con la eliminación de la paga extra de Navidad a los trabajadores y los concejales, así como la reducción de sueldos aprobada para estos últimos y los cargos directivos, se verá anulado por el aumento de los gastos en los contratos de servicios tras el incremento del IVA.
Según datos de la Concejalía de Hacienda, mientras que la institución municipal evitará el desembolso este año de 2,27 millones de euros (2,1 millones del plus de diciembre y 170.000 euros de salarios de los cargos públicos), se verá obligada a abonar 600.000 euros más por el IVA en las facturas asociadas a contratos como los de recogida de la basura, suministro de agua, alcantarillado, depuración, electricidad o telefonía. Esta última cantidad subirá hasta los 1,8 millones a partir del año 2013, lo que exigirá un nuevo esfuerzo a un Ayuntamiento que funciona ya con un plan de ajuste para los próximos diez años.
Ingresos para el Estado
Según fuentes municipales, la variación al alza de los gastos corrientes ligados a los contratos de servicios tendrá repercusión a partir del mes de septiembre, aunque los consumos se hayan realizado en julio o agosto.
La explicación es que la ley establece que los suministros de telecomunicaciones o luz prestados en los últimos meses pero cobrados con posterioridad a la subida del IVA se les aplicará el nuevo tipo del 21% (desde julio de 2010 era del 18%). En el caso del agua ocurrirá lo mismo, si bien a este servicio le corresponde tributar al tipo reducido, que pasa del 8% al 10%.
Las mismas fuentes explicaron que el dinero de más que perciban las empresas concesionarias irá a parar a la administración general del Estado, que se vale así de un mecanismo rápido para reducir su déficit.
A este 'palo' fiscal hay que sumar el incremento de la tarifa eléctrica en un 7% afrontado también por el Ayuntamiento tras la medida aprobada en abril por el Gobierno central para paliar el déficit de las empresas energéticas.

Farolas menos tiempo
Durante el último año, el Gobierno municipal ha tratado de reducir al máximo el gasto energético de la institución con decisiones como reducir la intensidad del alumbrado público, así como el tiempo de funcionamiento. Se apura al máximo en el aprovechamiento de la luz natural, de manera que las farolas de calles y plazas son encendidas más tarde y apagadas antes. Además, ha adjudicado un contrato de gestión del alumbrado que hace hincapié en la mejora del ahorro y los sistemas de eficiencia.
Aunque a la Concejalía de Infraestructuras y Servicios le va quedando poco margen para abaratar la factura que paga por la iluminación de la vía pública y la refrigeración de los edificios municipales, continuará los esfuerzos para conseguir todos los avances posibles con nuevos medios técnicos y un control más riguroso.
Además del coste de la luz, hay preocupación por detectar y solucionar con más rapidez y fiabilidad las averías. A través de un sistema de información geográfica, se podrá conocer en tiempo real los fallos en el alumbrado, para evitar situaciones como la acumulación de quejas de las últimas semanas por apagones en zonas como Los Urrutias, Los Belones o Perín.
Dentro de los planes del equipo de gobierno para aminorar los costes de los contratos públicos, recientemente también se convocó un concurso para el suministro de combustible para «vehículos, maquinaria autónoma, grupos electrógenos fijos y portátiles o instalaciones de calefacción.
Asimismo, el Ayuntamiento de Cartagena ha puesto en marcha la Comisión de Seguimiento y Control de Aquagest, la empresa concesionaria del suministro de aguas. Y trabaja también en distintos planes de mejora de la vigilancia de los contratos de las empresas de recogida de la basura, Lhicarsa (formada por FCC y Ayuntamiento), y de autobuses, Alsa.
Férreo control del gasto
Junto a la vigilancia de estos gastos, los concejales de Hacienda y Servicios, Fátima Suanzes y Francisco Espejo respectivamente, tienen además el encargo expreso de la alcaldesa, Pilar Barreiro, de hacer un 'marcaje' a todos los contratos de bienes y servicios del Ayuntamiento. Se trata, según fuentes municipales, de no gastar ni un euro más de lo imprescindible.

Fuente: laverdad

Plantillas Excel para la gestión de la empresa

Aquí dejo una serie de plantillas tipo recopiladas en Internet para la gestión de la pyme.





Plantillas

Las claves de la reforma laboral de Rajoy: así afectará a despidos, jóvenes, convenios, salarios...


-El Gobierno lanza un contrato laboral indefinido para emprendedores.
-Los directivos de las empresas públicas no cobrarán indemnizaciones si tenían un puesto en la Administración.
-Facilitará a los empresarios la modificación de cuestiones como el salario, o cambiar los horarios y funciones de sus trabajadores.
-Los contratos temporales no se podrán encadenar más de 24 meses seguidos.

El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó este viernes la reforma laboral con la que se generaliza el despido con 20 días de indemnización en España. La vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, acompañada de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, explicó las claves de la nueva normativa que acaba de ratificar el Consejo de Ministros y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE este sábado. De la reforma, según pasan las horas y tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se van conociendo todos los detalles. Estas son las claves de la polémica medida del Gobierno de Rajoy en los diferentes ámbitos a los que afecta:

Despido

La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (hasta ahora eran 42). Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará solo a los nuevos contratos. Esta decisión del Gobierno ha sido el punto más polémico. "Con esta reforma se justifica una pérdida de derechos de los trabajadores y se amplía la libertad de los empresarios para tomar decisiones", critica Enrique Goizueta, abogado laboralista. "Reducir la indemnización a 33 días no va a favorecer el empleo teniendo en cuenta que cuando todavía era de 45 días se ha despedido a mucha gente", explica. Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado- podrá aplicarse cuando existan pérdidas actuales o previsión de tenerlas y cuando la compañía tenga una disminución de ingresos durante tres trimestres consecutivos. La ministra de Trabajo ha asegurado que "por supuesto habrá un control judicial" en estos casos. Este control judicial sería, en todo caso, a posteriori, y después de que un trabajador interpusiera la correspondiente denuncia.
Los asalariados que cuenten con un contrato fijo ordinario sólo podrán recibir una indemnización por despido improcedente que no superará los 720 días de salario. Hasta ahora, el despido improcedente se pagaba con 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades. Cambia el método de cálculo: los años trabajados hasta la entrada en vigor del real decreto-ley se calcularán a 45 días, mientras que los restantes pasarán a indemnizarse a 33 días. Para facilitar el cálculo, la norma establece que el importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario.
El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de justificar más fácilmente el despido. El Gobierno ha procedido a eliminar una de las condiciones que permitían el despido objetivo, que determinaba que este se podría llevar a cabo "siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo". Desde ahora, bastará con que un trabajador falte de forma justificada más de un 20% de las jornadas a su trabajo durante dos meses o un 25% en cuatro meses para poder prescindir de él.
Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.
Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.
Las empresas en beneficios que quieran reducir plantilla entre los trabajadores mayores de 50 años con cargo a sus recursos propios no tendrán que cumplir con el requisito de que el despido afecte a un mínimo de 100 trabajadores en un período de tres años. Además, detalla el modelo de cálculo de la fianza que deberán consignar estas empresas en el Tesoro Público para afrontar el pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores afectados por el despido. La reforma laboral presentada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y aprobada en septiembre de 2010 reguló el despido en empresas con beneficios después de que se conociera que Telefónica iba a desprenderse de más de 5.000 trabajadores a pesar de obtener ganancias.
La reforma acaba con la exclusividad que hasta ahora tenían los representantes de los trabajadores ante un proceso de despido colectivo y que impedía que fueran echados los primeros. A partir de este domingo, que es cuando entra en vigor el real decreto-ley de reforma, los trabajadores con cargas familiares, los mayores de determinada edad o las personas con discapacidad también tendrán prioridades de permanencia en la empresa si así se pacta en el convenio. El Estatuto de los Trabajadores fija que sólo son los representantes legales de los trabajadores los que ostentan esa prioridad, algo que cambia este domingo.
El Gobierno elaborará un reglamento sobre "despidos colectivos, suspensión de contratos y reducción de jornada" en el plazo de un mes. El Ejecutivo se concede "el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley" para elaborar "un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y reducción de jornada" que desarrolle el articulado de esta norma en esas materias. En concreto, el desarrollo legislativo se ceñirá "con especial atención a los aspectos relativos al periodo de consultas, la información a facilitar a los representantes de los trabajadores en el mismo, las actuaciones de la autoridad laboral para velar por su efectividad, así como los planes de recolocación y las medidas de acompañamiento social asumidas por el empresario".

Contratos

Se crea un nuevo contrato indefinido con un año de prueba que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
El contrato indefinido que podrán hacer autónomos y pymes de menos de 50 trabajadores a menores de 30 años tendrá que ser en jornada completa y en el caso de que se haga a un desempleado deberá estar cobrando la prestación durante al menos tres meses antes de su incorporación. Los autónomos y pymes que contraten como primer trabajador a un menor de 30 años tendrán una bonificación fiscal de 3.000 euros. A esta cifra se podrán sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el paro. Si se trata de un parado de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros. En ambos casos el trabajador contratado deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses. La empresa requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de la prestación pendiente de percibir en la fecha prevista de inicio de la relación laboral. El trabajador, de forma voluntaria, podrá compatibilizar el cobro del salario con el 25 % de su prestación por desempleo. El real decreto-ley incorpora una disposición adicional nueva a la Ley General de la Seguridad Social en la que detalla los trámites que deberá seguir el empresario y la información que deberá consignar en las comunicaciones que curse a los trabajadores que van al paro por despido colectivo, suspensión de contrato o reducción de jornada.
A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%.
Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euros.
Formación

Los trabajadores de más de un de un año de antigüedad tendrán derecho a 20 horas anuales de formación retribuidas siempre que el contenido de esos cursos esté vinculado al puesto de trabajo. Además, se creará un registro donde se recogerá la formación que ha recibido el trabajador a lo largo de su vida. Así, se exige que el empresario, cuando lleve a cabo una modificación técnica a la que se deba adaptar el trabajador, le ofrezca un curso para que pueda formarse.

Convenios

Se facilitará el descuelgue, es decir, que los empresarios que atravieses dificultades económicas, y las justifiquen, podrán desvincularse del convenio que regule su sector y decidir las nuevas condiciones de trabajo. De no alcanzar un acuerdo con los representantes de los trabajadores, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior. para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios.
Para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años desde que se decide comenzar la negociación. A  partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios, es decir, que un convenio no podrá estar indefinidamente en vigor mientras se negocia el nuevo.
Salarios

Otra de las medidas presentes en la reforma que publica este sábado el BOE abre la puerta a una rebaja salarial generalizada permitiendo a los empresarios modificar el sueldo de sus trabajadores sin previo acuerdo. "La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa", dice el BOE en el artículo 41.1, que lleva por título Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.

Entre otras modificaciones (como la jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo o el sistema de trabajo y rendimiento), el texto especifica la "cuantía salarial".

Indemnizaciones a directivos de bancos

Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización. Además, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos. Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno hace una semana.

Permiso por maternidad

El Gobierno ha suprimido los incentivos existentes desde 2006 para los contratos por reincorporación de las mujeres tras el permiso por maternidad. Desaparecen las bonificaciones mensuales de las cuotas empresariales a la Seguridad Social para los contratos indefinidos de las mujeres que regresan a su puesto de trabajo tras la maternidad o una excedencia por cuidado de hijos, según el artículo 3 de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y el empleo. Los empresarios tenían derecho a un descuento anual de 1.200 euros, 100 euros al mes, durante "los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo".

Sentencia sobre un ERE

Las sentencias sobre Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) no podrán ser recurridas ante el Tribunal Supremo (TS) cuando afecten a menos de 50 trabajadores. La nueva reforma ha modificado varios artículos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, también ha suprimido la posibilidad de presentar recursos de súplica por despidos colectivos. Así, desaparece la posibilidad de recurrir en casación ante el TS "las sentencias dictadas en relación con expedientes de regulación de empleo, de extinción de contratos de trabajo, suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cualquiera que sea la cuantía, cuando afecten a menos de cincuenta trabajadores".

En el decreto ley también se detalla el nuevo procedimiento judicial sobre las demandas presentadas contra despidos colectivos, que deberá estar resuelto en menos de dos meses, de acuerdo con los plazos indicados en esta norma. También ha eliminado el acceso al conflicto colectivo cuando la empresa niega a los representantes de los trabajadores información de "carácter reservado" o cuando no les comunica "determinadas informaciones". Además, ha excluido el uso del conflicto colectivo por "los litigios relativos al cumplimiento por los representantes de los trabajadores y los expertos que les asistan de su obligación de sigilo".

Otros

Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores.
El Gobierno ha acordado suspender la integración del Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM) y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). El anterior Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero había acordado a finales de agosto de 2010 que en el plazo de seis meses, que vencería este febrero, debería haberse regulado el procedimiento para completar "la citada integración y el funcionamiento efectivo del nuevo organismo". Sin embargo, con la reforma laboral aprobada este viernes por el Consejo de Ministros y que entra mañana en vigor, queda derogada la fusión prevista entre ambos organismos. Tras el anuncio de fusión, a comienzos del pasado otoño surgieron movilizaciones de funcionarios y trabajadores públicos para pedir más fondos para mejorar el funcionamiento del Servicio Público de Empleo Estatal y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), por el retraso que acumulaban en la tramitación de expedientes.
Cobro del paro anticipado. Se posibilita la capitalización del 100% de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
Se propone un plan especial de la Inspección de Trabajo para combatir el fraude y la economía sumergida. Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas. Esta prestación es coercitiva, es decir, en caso de no llevarse a cabo el parado podría sufrir una penalización.
Recientemente, Báñez señaló que los servicios públicos de empleo (el antiguo Inem) solo consiguen colocar al 3% de los parados, unos resultados que dijo que "no son buenos", teniendo en cuenta que España cuenta con más de cinco millones de desempleados. Para facilitar la búsqueda de trabajo, el Gobierno permitirá que las Empresas de Trabajo Temporal se unan al sector público, estableciendo una colaboración público-privada para ayudar a recolocar a los parados.

Fuente: 20minutos

Los ERE aumentaron un 66% en los primeros meses de 2012


-En los cinco primeros meses  se autorizaron o comunicaron 13.518 ERE.
-Por otro lado, los ERE no pactados se dispararon un 567%.
-Principalmente se han alegado causas económicas.


El número de los expedientes de regulación de empleo (ERE) crecieron entre enero y mayo un 66% en comparación con un año antes, en tanto que los no pactados se dispararon un 567%, según el Boletín de Estadísticas Laborales (BEL) del Ministerio de Empleo y Seguridad Social publicado este miércoles.

En los cinco primeros meses del año se autorizaron o comunicaron un total de 13.518 ERE, que afectaron a 176.085 trabajadores, frente a los 8.106 expedientes de regulación para 114.917 trabajadores del mismo periodo del pasado año, lo que en número de empleados supone un incremento del 53%.

En el caso de los no pactados han sido seis veces más, al haber pasado de 728 a 4.859, con 69.510 trabajadores implicados este año y 11.416 el anterior.

Por tipologías, los que más crecen son los de reducción (4.995, 79% más), seguidos de los de suspensión (6.370, un 70% más) y de los de extinción (2.153, un 36% más).

Principalmente se han alegado causas económicas (9.456), frente a las organizativas o de producción (3.742), las de fuerza mayor (177) y las técnicas (124).

Por tamaño de empresa, el mayor número de ERE se produjeron en empresas de menos de 9 trabajadores (6.739), de 10 a 24 (3.159) y de 50 a 249 (1.366), en tanto que las compañías con entre 25 y 49 empleados fueron las que sumaron menos expedientes (1.190).

En lo que atañe a los sectores, 1.555 expedientes concernieron al de servicios, 904 a industria, 499 a construcción y 39 al agrario.

El pasado mes de febrero, el Gobierno aprobó una reforma laboral que facilitaba a las empresas la realización de un ERE.

Fuente: 20minutos

Trabajos PowerPoint

Trabajos realizados para el modulo de empresa.

Trabajos PowerPoint

miércoles, 25 de julio de 2012

Comercio Exterior Murcia


Enlace a la cámara de comercio de Murcia

Camara de Comercio Murcia - Comercio Exterior

Comercio internacional


Se define como comercio internacional o mundial, al intercambio de bienes, productos y servicios entre dos o más países o regiones económicas.
Las economías que participan del comercio exterior se denominan economías abiertas. Este proceso de apertura externa se inició fundamentalmente en la segunda mitad del siglo XX, y de forma espectacular en la década de 1990, al incorporarse las economías latinoamericanas, de Europa del Este y el oriente asiático. Cada vez existe mayor interrelación entre lo que ocurre en los mercados internacionales y lo que sucede en la economía de un país determinado.

Modelos del comercio internacional

Las diferentes teorías que explican el proceso de funcionamiento del comercio internacional, tratan de encontrar cuáles son las causas de este comercio, por qué comercian los países y estudian los efectos del comercio internacional sobre la producción y el consumo de los países.1

[editar]Teorías tradicionales

[editar]Modelo de la ventaja absoluta de Adam Smith

La teoría clásica del comercio internacional tiene sus raíces en la obra de Adam Smith, éste pensaba que las mercancías debían producirse en el país donde el coste de producción (que en el marco de su teoría del valor-trabajo se valora en trabajo) fuera más bajo y desde allí se exportaría al resto de países. Defendía un comercio libre y sin trabas para alcanzar y dinamizar el proceso de crecimiento, era partidario del comercio basado en la ventaja absoluta y creía en la movilidad internacional de los factores productivos. Según sus teorías, la ventaja absoluta la tienen aquellos países que son capaces de producir un bien utilizando menos factores productivos que otros, y por tanto, con un coste de producción inferior.

[editar]Modelo de David Ricardo. Teoría de la ventaja comparativa

Esta teoría supone una evolución respecto a la teoría de Adam Smith; para David Ricardo, lo decisivo no son los costes absolutos de producción, sino los costes relativos, resultado de la comparación con los otros países. De acuerdo con esta teoría un país siempre obtendría ventajas del comercio internacional, aún cuando sus costes de producción fueran más elevados para todo tipo de productos fabricado, porque este país tenderá a especializarse en aquella producción en la que comparativamente fuera más eficiente.

[editar]Modelo Heckscher-Ohlin

Este modelo parte de la teoría de David Ricardo de la ventaja comparativa y afirma que los países se especializan en la exportación de los bienes que requieren grandes cantidades de los factores de producción en los que son comparativamente más abundantes; y que tiende a importar aquellos bienes que utilizan factores de producción en los que son más escasos.

[editar]La nueva teoría del comercio internacional y la política comercial estratégica

El sustento básico de las teorías antes expuestas era la existencia de competencia perfecta, que permitía, por la vía del libre comercio, aumentar el bienestar de los países. A finales de los años 1970 y principios de la década de 1980, surgieron algunos economistas como Paul KrugmanAvinash DixitJames Brander y Barbara J. Spencer que esbozaron unas nuevas elaboraciones teóricas fundadas en la existencia de fallos de mercado que ponían en cuestión, no en todos los casos, la teoría clásica del comercio internacional de que los intercambios internacionales se fundamentan exclusivamente en la teoría de la ventaja comparativa y que la defensa bajo cualquier circunstancia del libre comercio y, de la no intervención estatal en esta área económica pudiera no ser la práctica óptima. En palabras de Krugman: el replanteamiento de la base analítica de la política comercial es una respuesta al cambio real ocurrido en el ambiente y al progreso intelectual logrado en el campo de la economía.
Estas nuevas teorías utilizan las herramientas de la teoría económica y la formalización matemática y suponen una crítica de mayor profundidad a las teorías neoclásicas que las provenientes de otros campos de la economía como la sociología o la estructura económica. Asimismo, tratan de responder a dos cuestiones: la primera es por qué se comercia y la segunda, cómo debe ser la política según estas nuevas explicaciones.2
La base argumental de esta teoría radica en cuando no es posible alcanzar un óptimo de Pareto a nivel mundial debido a fallos de mercado, hay que optar por elegir situaciones denominada second best o segundo óptimo. Entre las infinitas situaciones de segundo óptimo, los Estados pueden preferir unas a otras y tomar las medidas que lleven a colocarse en un segundo óptimo distinto del establecido. Los fallos de mercado que justifican la política comercial estratégica son básicamente la existencia de beneficios extraordinarios en un sector económico y la existencia de externalidades tecnológicas de carácter positivo.

[editar]Restricciones al comercio internacional

[editar]Estudios económicos

Para promover las exportaciones, muchos organismos gubernamentales publican los estudios de mercado por sector industrial y país. Lista de los organismos gubernamentales por país:
  • Estados UnidosUSCS, dependiente de US Department of Commerce y USDA (Department of Agriculture) en los sectores de la agricultura y la agroalimentación.
  • EspañaInstituto Español de Comercio Exterior (ICEX), tiene como misión promover la internacionalización de las empresas españolas.
  • CanadáExport Development Canadá (EDC) y Agriculture and Agri-Food Canadá que publica estudios internacionales en su sector.
  • Francia: Ubifrance (promoción de las exportaciones)
AFII (implantación de empresas foráneas)
  • Reino UnidoUK Trade & Investment se encarga tanto de la promoción de sus exportaciones como de la implantación en el Reino Unido de empresas forasteras.
  • Hong KongHong Kong Trade Development Council (HKTDC).
  • JapónJETRO
  • Australia: Austrade

[editar]Regulación del comercio internacional

Tradicionalmente, el comercio era regulado mediante acuerdos bilaterales entre dos países. Bajo la creencia en el mercantilismo, durante muchos siglos los países imponían altos aranceles y otras restricciones severas al comercio internacional. En el siglo XIX, especialmente en Gran Bretaña, la creencia en el libre comercio tomó fuerza, y esta perspectiva ha venido dominando el cálculo político entre los países occidentales hasta la actualidad. Desde el final de la segunda Guerra Mundial, varios tratados multilaterales han intentado crear una estructura global de regulación comercial.
La mayor parte de los países comunistas y socialistas creen en la autarquía, la cual supone la ausencia completa de comercio internacional y la satisfacción de las necesidades económicas mediante la autosuficiencia. A pesar de estas creencias, todos los países se involucran en algún tipo de comercio internacional, ya que es muy difícil para un solo país satisfacer todas sus necesidades económicas.
Se han utilizado varios instrumentos para manipular el comercio internacional. Éstos incluyen el arancel, las salvaguardias, las cuotas de exportación e importación y las barreras no arancelarias. Un componente esencial del comercio internacional es el transporte internacional de mercancías. Las condiciones y términos del mismo están regulados por losIncoterms.

[editar]Términos internacionales del comercio (Incoterms)

La Comisión de Prácticas Comerciales de la Cámara de Comercio Internacional desarrolló lo que se ha dado en llamar Incotermsacrónimo procedente de la expresión inglesaInternational Commercial Terms. Se pretendía con ello que, con independencia de la nacionalidad de las partes o del lugar geográfico de su uso, los implicados pudiesen en todo momento saber cuáles eran los derechos y obligaciones de cada uno de ellos en un contrato determinado.
Los Incoterms carecen de toda fuerza normativa o legal, y obtienen su reconocimiento de su cotidiano y constante uso a nivel mundial, por lo que, para que sean de aplicación a un contrato determinado, éste deberá especificarlo así.
Los Incoterms contienen un total de trece posiciones, o tipos de cláusulas diferentes, que pueden luego, mediante el uso de determinadas adiciones, modificarse parcialmente. Además, a lo largo de su existencia han sufrido sucesivos cambios y modificaciones, para adaptarlos a los cambios en los usos comerciales, técnicas, avances tecnológicos, etc. La última edición corresponde a 2000, que se halla todavía en vigor:
  • EXW (en fábrica): Ex Works
El vendedor cumple su obligación una vez que pone la mercancía en su establecimiento (fábrica, taller, almacén, etc.) a disposición del comprador. No siendo por tanto responsable, ni teniendo obligación sobre la carga de la mercancía en el vehículo proporcionado por el comprador, ni ninguna otra correspondiente a seguros, transporte o despachos y trámites aduaneros de la mercancía. El comprador corre con todos los gastos desde que la mercancía es puesta a su disposición en el lugar convenido. Es importante aclarar al comprador los horarios de carga del almacén, fecha a partir de la que podrán realizar la carga, e incluso si la mercancía, o el embalaje utilizado, necesitarán de alguna medida o condición de transporte especial. Es el único Incoterm en el que el vendedor no despacha la aduana de exportación, sin embargo si debe proveer la ayuda y los documentos necesarios para ello.
Existe la posibilidad de contratar una modalidad de EXW CARGADO, en la que el vendedor entrega la mercancía y la carga en el camión o medio de transporte enviado por el comprador.
  • FCA (francotransportista): Free Carrier
El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando ha depositado la mercancía, ya despachada de aduana para exportación, a cargo del transportista nombrado por el comprador, en el lugar o punto fijado para ello.
  • FAS (franco al costado del buque): Free Alongside Ship
El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando ha depositado la mercancía al costado del buque, sobre muelle o barcaza (atención a los usos y costumbres del puerto, o del sector, así como a las características técnicas del puerto de carga para evitar sobrecostes), en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta este momento. En la versión 2000, el vendedor corre con la obligación de despachar de aduana de exportación. El comprador corre, a partir de este momento con todos los costes y riesgos de la mercancía. Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañado del puerto de carga elegido, por ejemplo FAS CARTAGENA (SPAIN).
  • FOB (franco a bordo): Free On Board
El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando la mercancía, ya despachada de aduana para exportación, ha sobrepasado la borda del buque designado, en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta este momento. El comprador corre, a partir de este momento con todos los costes y riesgos de la mercancía. Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañado del puerto de carga elegido, por ejemplo FOB CARTAGENA (SPAIN). En la versión 2000, en el FOB ESTIBADO debe ser pactado expresamente por las partes como queda el reparto de gastos y riesgos del estibado y trincado de las mercancías.
  • CFR (coste y flete): Cost And Freight
El vendedor ha de pagar los costes y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido, lo que incluye todos los gastos de exportación, despacho aduanero incluido. No obstante el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía haya traspasado la borda del buque corren por cuenta del comprador. Igualmente corren por cuenta de éste los gastos de descarga en el puerto de destino, (aunque hay algunas excepciones a esta regla). Suele ir acompañado del puerto de destino elegido, por ejemplo CFR CARTAGENA (SPAIN). Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo, fluvial o lacustre.
  • CIF (coste seguro y flete): Cost, Insurance and Freight
El vendedor tiene las mismas obligaciones que en el apartado anterior, CFR, pero además incluye bajo su cargo y responsabilidad la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente durante el transporte de las mercancías. Hay que destacar que este seguro sólo tiene obligación de ser de "cobertura mínima", si desea mayor cobertura deberá ser pactado expresamente. Hay que aclarar que el riesgo sigue siendo por cuenta del comprador desde que la mercancía cruza la borda del buque, pero que el vendedor tiene la obligación de contratar el seguro al que hemos hecho referencia. Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañado del puerto de destino elegido, por ejemplo CIF CARTAGENA (SPAIN). En la versión 2000, en el CIF ESTIBADO debe ser pactado expresamente por las partes como queda el reparto de gastos y riesgos del estibado y trincado de las mercancías. Igualmente es necesaria esta especificación expresa de costos y riesgos para el CIF DESEMBARCADO (LANDED).
  • CPT (transporte pagado hasta): Carriage Paid To
El vendedor ha de pagar los costes y el flete del transporte necesario para hacer llegar la mercancía al punto de destino convenido, lo que incluye todos los gastos y licencias de exportación, despacho aduanero incluido. No obstante el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía haya sido entregada al transportista corren por cuenta del comprador. Igualmente corren por cuenta de éste los gastos de descarga, aunque con alguna excepción, en el punto de destino.
Puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.
  • CIP (transporte y seguro pagado hasta): Carriage And Insurance Paid to
El vendedor tiene las mismas obligaciones que en el apartado anterior, CPT, pero además incluye bajo su cargo y responsabilidad la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente durante el transporte de las mercancías. Debemos indicar que este seguro sólo tiene obligación de ser de "cobertura mínima, si desea mayor cobertura deberá ser pactado expresamente. Hay también que aclarar que el riesgo sigue siendo por cuenta del comprador desde que la mercancía es entregada al transportista, pero que el vendedor tiene la obligación de contratar el seguro al que hemos hecho referencia. Esta posición de INCOTERM puede ser usada en cualquier tipo de transporte, incluido el multimodal.
  • DAF (entrega en frontera): Deliver At Frontier
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando ha entregado la mercancía despachada de aduana de exportación, en el punto y lugar convenidos de la frontera, punto que como regla general define la Autoridad Aduanera del país, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega, y el comprador desde la recepción de la mercancía. Suele usarse para transporte terrestre, ferrocarril y carretera, pero nada impide que se pueda usar con los restantes. Es muy importante comprobar que la Aduana designada está preparada y habilitada para despachar nuestra mercancía. Igualmente es interesante especificar cuál de las aduana es la elegida, para evitar que pueda ser cualquier aduana entre los dos países.
  • DES (entrega sobre buque): Delivered Ex Ship
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, a bordo del buque, en el puerto de destino acordado a disposición del comprador, ya despachada de aduana de exportación. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega (buque atracado y listo para descarga), y el comprador desde la recepción de la mercancía. Sólo se usa para transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañado del puerto de destino elegido, por ejemplo DES CARTAGENA (SPAIN).
  • DEQ (entregada en muelle): Delivered Ex Quay
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, sobre el muelle del puerto de destino acordado, a disposición del comprador,.En los INCOTERMS 2000 desaparece la obligación de despachar de aduana de importación por parte del vendedor, y ésta debe ser pactada por las partes expresamente. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega (excepto pacto expreso). Sólo se usa para transporte marítimo, fluvial o lacustre. Suele ir acompañado del puerto de destino elegido, por ejemplo DEQ CARTAGENA (SPAIN). Pueden excluirse, mediante pacto expreso e indicándolo así en el INCOTERM, determinados conceptos, del pago por el vendedor, pasando a ser pagadas por el comprador (DEQ CARTAGENA, VAT UNPAID). Es interesante especificar que pasaría si por causas de fuerza mayor no se pudiese realizar la descarga en el punto indicado, por ejemplo huelga, catástrofe, etc.
  • DDU (entrega derechos no pagados): Delivered Duty Unpaid
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, en el punto de destino acordado, a disposición del comprador, ya despachada de aduana de exportación. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega. Puede utilizarse con independencia del medio de transporte elegido. Suele ir acompañado del lugar de destino elegido, por ejemplo DDU CARTAGENA (SPAIN). Pueden incluirse, mediante pacto expreso e indicándolo así en el INCOTERM, determinados conceptos dentro de los pagos a realizar por el vendedor, dejando entonces de ser pagados por el comprador. DDU, VAT PAID, CARTAGENA. (SPAIN).
  • DDP (entrega derechos pagados): Delivered Duty Paid
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía, en el punto de destino acordado, a disposición del comprador, ya despachada de aduana de exportación e importación, y con todos los gastos pagados. El vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de la entrega. Puede utilizarse con independencia del medio de transporte elegido. Suele ir acompañado del lugar de destino elegido, por ejemplo "DDP CARTAGENA (SPAIN)". Pueden excluirse, mediante pacto expreso e indicándolo así en el Incoterm, determinados conceptos de los pagos a realizar por el vendedor, y dejan entonces de ser pagados por este, y pasan a ser pagados por el comprador: DDP, VAT UNPAID, CARTAGENA. (SPAIN).

[editar]Comercio internacional y nuevas tecnologías

Las nuevas tecnologías están facilitando en gran medida la operativa del comercio exterior. Los sistemas informáticos y de gestión permiten hacer seguimiento de los envíos, acceder a todos los datos relevantes de un contenedor o grupaje en destino y compartir y administrar la documentación necesaria de forma fácil. Existen plataformas informáticas que permiten hacer todos los trámites de gestión por parte de los exportadores, importadores y organismos públicos. Buen ejemplo de esta integración de sistemas es elSISCOMEX de Brasil, centrado en gestión de las exportaciones.
El comercio internacional también se está viendo fomentado por la mayor facilidad de encontrar clientes en el exterior, gracias al mayor alcance de los portales corporativos en Internet. También ayuda la mayor difusión de la información en Internet con la consolidación y crecimiento de buscadores de Internet y directorios especializados.
Internet está siendo un elemento dinamizador en la internacionalización de las empresas. También ayuda en la elaboración de análisis de mercados, no sólo por el acceso a información editada relevante, sino por las posibilidades que brinda de estudio directo de mercado a través de nuevas plataformas como las redes sociales. Portales como Facebook u Orkut tienen millones de usuarios, y comienzan a estudiar la forma de utilizar estadísticamente toda la información que los usuarios agregan en sus portales. Esta información habla mucho de variables sociológicas, pues se tienen datos estadísticos normales, y opiniones y mensajes directos, así como interrelaciones entre usuarios. Las posibilidades que brinda toda esta información son muy interesantes desde el punto de vista estadístico, de intención de compra y econométrico.

[editar]La balanza de pagos

La balanza de pagos es el instrumento contable que informa de las transacciones exteriores de un país. Se define como el documento contable que registra sistemáticamente el importe, de todas las operaciones comerciales y financieras que tienen lugar durante un cierto periodo de tiempo entre los residentes del país y los del resto del mundo. Cuando en la balanza de pagos los ingresos superan a los gastos se dice que es excedentaria. Cuando en la balanza de pagos los ingresos son menores que los gastos de dice que es deficitaria.
Un país puede tener una balanza comercial negativa, pero una balanza de pagos positiva como ocurre en España, que su balanza comercial es deficitaria, pero su balanza de pagos es positiva gracias a las divisas que aporta el turismo.

[editar]Referencias

  1.  González Blanco, Raquel (2011) «Diferentes teorías del comercio internacional» Información Comercial Española, Revista de economía (Secretaría de Estado de Comercio Exterior, Gobierno de España) (858):  pp. 103-117.
  2.  Steimberg, F. (2004) La nueva teoría del comercio internacional y la política comercial estratégica.

Fuente: Wikipedia